Gastos deducibles, de difícil
justificación y no deducibles para el autónomo
Una
pregunta recurrente por parte de los autónomos (en parte aplicable a empresas)
es si determinados gastos se consideran o no deducibles. Por ello, nuestro
despacho ha elaborado una pequeña guía que diferencia los tipos de gastos en
que pueden incurrir los autónomos y que resumimos a continuación.
Lo
primero que indicamos es que sólo se pueden deducir los gastos imprescindibles
y necesarios para ejercer su actividad.
A continuación,
diferenciamos tres tipos de gastos: deducibles, de difícil justificación
y no deducibles.
Los
gastos deducibles han de estar afectos a la actividad y suficientemente
documentados. En caso de una revisión o inspección por parte de la AEAT tendremos
que demostrar su afección aportando las facturas correspondientes, aunque hay
otro tipo de gastos (de personal, tributos, seguros, gastos bancarios e
intereses) que se justificarían con otro tipo de documentos.
Los
gastos de difícil justificación. Aquí incluiríamos los siguientes:
gastos de representación y comidas con clientes, teléfono móvil, ropa de
trabajo, compra vehículo, gastos relacionados con vehículo, gastos de la
vivienda (IBI, tasa basuras, seguro, etc.), suministros y vivienda alquilada. En esta categoría de gastos hay que demostrar
la afección de los mismos la actividad y es complicado deducir el 100% de los
mismos. Aquí entrarían en juego los porcentajes de la vivienda afecta a la
actividad, el uso personal o profesional del vehículo, etc. Algunos asesores
llamamos a esta parte “la zona gris” y es el punto de discusión en el que se
centra cualquier revisión/inspección por parte de la AEAT.
Los
gastos no deducibles están expresamente contemplados y son multas y
sanciones, donativos y liberalidades, pérdidas de juego y gastos en paraísos
fiscales.
Como
conclusión, para dotar al gestor de herramientas suficientes para defender ante
la AEAT la deducibilidad de los gastos, es importante documentar bien los
mismos y relacionarlos en lo posible con la actividad que se ejerce.
imágenes de stock pixabay
Comentarios
Publicar un comentario